martes, 9 de octubre de 2012

Vacío jurídico deja caer colorante al río

ORIGINAL: El Colombiano
Por JUAN CARLOS VALENCIA GIL
9 de octubre de 2012

$9.312 millones al año invierte el Área en cuidar el río. Imagen de octubre de 2009. FOTO DONALDO ZULUAGA
Autoridades identificaron origen de sustancia que pintó el río de rojo hace tres años, pero no hay sanciones.


Hace tres años Medellín se impresionó cuando buena parte del caudal de su río se tiñó de rojo.

El inusitado acontecimiento de aquella mañana del martes 6 de octubre de 2009, que de la curiosidad pasó al escándalo y a la indignación generalizada, llevó a que el Área Metropolitana, autoridad ambiental del Valle de Aburrá, iniciara un proceso sancionatorio contra la empresa Colorquímica S.A.

La organización privada recusó al Área y el caso pasó a la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia (Corantioquia), autoridad en Envigado y otros 79 municipios que, el pasado 12 de marzo, emitió la Resolución 130 AS, en la que cesó el procedimiento sancionatorio ambiental iniciado contra esta empresa y posteriormente el proceso se archivó.

Corantioquia concluyó que, “pese a que dentro del procedimiento sancionatorio se logró establecer que la sustancia que indujo el color rojo en el río el 6 de octubre de 2009 se originó en la actividad industrial que desarrolla la sociedad Colorquímica S.A., ante la ausencia de regulación legal, respecto a límites máximos permisibles para el vertimiento de color, no es viable la imposición de imputación de cargos por dicha conducta, por lo que habrá de darse aplicación a la causal de cesación del procedimiento sancionatorio ambiental, prevista en el numeral cuarto del artículo noveno de la Ley 1333 de 2009”.

Explicó la corporación en la resolución que los decretos 1594 de 1984 y 3930 de 2010 no hablan de límites permisibles de color y de sólidos disueltos. Y agregó que una posible sanción no puede “basarse en consideraciones subjetivas sobre supuesto impacto al medio ambiente, pues de incurrirse en ello se caería en una abierta violación al principio de legalidad, que es parte del derecho fundamental al debido proceso”.

Señaló el documento que las posibles afectaciones a la salud humana y a los recursos naturales renovables “no se comprobaron por la ausencia de pruebas (parámetros fisicoquímicos, microbiológicos e hidrobiológicos) que permitan calcular la afectación sobre cada uno de ellos”.

María Paula Obando Espinel, gerente administrativa de Colorquímica, dejó claro que contra su empresa no se formularon cargos y señaló que no reconocieron la culpa porque no son culpables.

Indicó que tienen los permisos ambientales para su actividad y explicó que las aguas residuales de la compañía van primero a una planta de tratamiento propia y luego pasan a la planta San Fernando, de EPM. “El color no genera contaminación”, apuntó.

Por su parte, Guillermo Rojo Londoño, del grupo Amigos del Río, les sugirió a las autoridades revisar los contenidos químicos de los colorantes. “La ley debe ser clara en términos de no permitir colorantes fuertes ni livianos en los ríos”, concluyó.

PARA SABER MÁS

EL ÁREA MULTÓ A UNA EMPRESA
Desde 2010, el Área Metropolitana ha adelantado cinco procesos sancionatorios por vertimientos y solo ha multado a una empresa, con 51 millones 300.000 pesos. “Algunas coloraciones llegan al río a través de la planta de San Fernando. Otros sitios de descarga frecuente son el sector del puente de Guayaquil y en límites de Itagüí con Medellín y Envigado”. Cada generador de aguas residuales que descarga directamente a una corriente de agua tiene la obligación de obtener el permiso de vertimientos. La entidad hace análisis periódicos de los vertimientos para verificar el cumplimiento de los estándares permitidos.

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