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domingo, 15 de julio de 2012

Megaproyectos. SOS emberás represa Urrá

ORIGINAL: SOSColombia

Documental que trata diferentes megaproyectos de multinacionales relacionados con la mineria, las represas y las petroleras. Los efectos sociales y medioambientales son incalculables, provocando desplazamientos y muertes de mucha poblacion indigena, campesina, sindicalistas y activistas de derechos humanos.

Aun hay tiempo de frenar estos megaproyectos que tienen muchas iregularidades y provocan violencia en la zona con la implantacion de paramilitares y del mismo ejercito colombiano que se instala cerca de los megaproyectos para defender a estas trasnacionales.

Si desaparece uno de los pulmones del mundo, que esta en Colombia, desapareceremos tod@s y las consecuencias para el cambio climatico seran ireversibles. 











miércoles, 11 de abril de 2012

La CAM investiga mortandad de peces en el Quimbo Investigan mortandad de peces en El Quimbo

ORIGINAL: La Nación
Abril 11, 2012

Emgesa
reportó que varias crecientes del río Magdalena generaron un efecto ambiental no previsto en la fauna íctica de la zona donde se construye la hidroeléctrica. Comisión de la CAM (Corporación Autónoma del Magdalena) se desplazó hasta la zona para evaluar el daño ambiental.

La Nación, Neiva
Una mortandad de peces, al parecer originada por las obras que se adelantan sobre el río Magdalena en la construcción de la hidroeléctrica El Quimbo, fue alertada ayer por varios pescadores de la zona en donde se desarrolla el proyecto.

 
Al parecer y según la denuncia hecha por los pescadores, el daño ambiental se habría presentado tras las obras que se ejecutaron en la desviación del río Magdalena, a raíz de que en dos ocasiones el material que se había colocado para cerrar el paso de la afluente fue arrastrado por las constantes crecientes.

Para esclarecer los hechos, ayer una comisión de la Corporación Autónoma Regional (CAM), se desplazó hasta la zona con el fin de evaluar la magnitud de la mortandad, reporte que será presentado en los próximos días al Ministerio de Ambiente con el propósito de conocer la real causa de la mortandad de peces.

Respuesta de Emgesa

En un comunicado de prensa Emgesa indicó que la muerte de los peces se originó debido a varias crecientes que se han presentado en el río Magdalena, daño no previsto que fue reportado a la correspondiente autoridad ambiental.

Asimismo precisaron que hasta el momento la compañía ha reportado la captura de 2.055 peces pertenecientes a 23 especies, de los cuales 917 se encontraron muertos.

“A mediados del mes de marzo se presentaron crecientes del río Magdalena que generaron aumento de caudales superiores a los 400 metros cúbicos por segundo, sobrepasando la preataguía, lo que causó un efecto ambiental no previsto en la fauna íctica. Luego de que se disminuyera el nivel del caudal, se pudo evidenciar en la zona de construcción de la preataguía que peces (sardinas de longitud inferior a 7 centímetros) quedaron atrapados entre el enrocado de esta estructura sin posibilidad de retornar al río”, indica el comunicado.

Plan de choque

De igual forma, indicaron que el para contrarrestar la situación la compañía ejecutará la sustitución de enrocado por estructuras en concreto para evitar atrapamiento de peces, ejecutará un plan de trabajo a realizar por tres brigadas de pescadores para llevar a cabo actividades de monitoreo, captura y traslado de las especies ícticas.

“Este efecto ambiental no previsto fue reportado al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a quien además se informó las medidas de mitigación que implementa la compañía. Adicionalmente en el marco del programa de manejo y protección del recurso íctico y pesquero que considera la licencia ambiental del proyecto, se tiene previsto el repoblamiento de peces y el enriquecimiento florístico de los afluentes al embalse, para la preservación y conservación de esta fauna”, enfatizó Julio Santafé, director del proyecto hidroeléctrico El Quimbo.

lunes, 9 de abril de 2012

RESERVA CAMPESINA AGROALIMENTARIA PARA EL QUIMBO

ORIGINAL: Bloguia

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Asoquimbo propone como alternativa al Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo la construcción de una Reserva Campesina Agroalimentaria -RCA- como parte de una política soberana, autónoma y de seguridad alimentaria para la región y el país.

De acuerdo con Alfredo Molano, la Ley 160 de 1994, una de cuyas figuras fue la de Zona de Reserva Campesina, en esencia, ”se trata de que en un área delimitada no haya posibilidades legales de que un propietario tenga más de una Unidad Agrícola Familiar (UAF) —de extensión variable, según la calidad del suelo y la cercanía de mercados—Podría venderla a otro campesino que, sin embargo, no podría comprar una adicional. La idea es paralizar, en algunas regiones campesinas y de colonización, el avance latifundista y defender así la mediana y la pequeña propiedad. Los campesinos comprendieron el beneficio de la medida. En regiones golpeadas por las distintas violencias históricas y por el paramilitarismo —entonces desenfrenado—, numerosas organizaciones campesinas solicitaron ser reconocidas como Reservas Campesinas”.
http://www.elespectador.com/impreso/politica/articuloimpreso-222582-zonas-de-reserva-campesina

El problema relevante: ubicación y estado actual.
El proyecto hidroeléctrico El Quimbo, concesionado por el Gobierno Colombiano a la empresa colombo-española Emgesa (subsidiaria de Endesa y actual propiedad de la italiana ENEL). Está ubicado en la región central del Huila, en el sitio denominado El Quimbo: 9000 hectáreas de 6 Municipios del Huila, Reserva Forestal Protectora de la Amazonía, y del Macizo Colombiano; con 300.000 habitantes de los cuales 1.537 serían desplazados, la mayoría vinculados a 8 empresas comunitarias en plena producción agropecuaria, (cacao, sorgo, maíz, arroz) por un valor de .000.000.000 anuales. Cuenta con 842 hectáreas de bosque ripario y tropical seco, poblaciones de peces que son básicos para la seguridad alimentaria, 103 especies de aves, 13 especies de reptiles y tres especies de mamíferos en severo peligro: la pacaraná, el mono nocturno de manos grises y la nutria neotropical.

a) La problemática
La problemática económica, social, ambiental y cultural generada por la construcción del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo se origina en el desconocimiento por parte del Gobierno Uribe del Auto No. 517 de 31 de julio de 1997 mediante el cual El Ministerio de Ambiente declaró no viable el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, - en donde se presentaron tres alternativas- teniendo en cuenta el impacto que este generaría sobre el componente social como resultado de la afectación de las mejores tierras con aptitud agrícola de la región y por la dificultad de restituir la actividad productiva de la zona. En el 2007 subastó el Proyecto a Emgesa, declaró mediante Auto No 515 del 22 de febrero de 2008, con base en el concepto técnico No. 277 del 220208 que el PH El Quimbo “No requería de la presentación de Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA), expidió la Resolución 321 del 1 de septiembre de 2008 declarando los terrenos de utilidad pública, sin la previa sustracción del 95% del área de El Quimbo que hace parte de la Reserva Forestal Protectora de la Amazonía, saltándose el requisito de la consulta previa a los directamente afectados y desconociendo la solicitud formulada por la Procuraduría General de la Nación al MAVDT, el 9 de mayo de 2009, de “abstenerse de otorgar licencia ambiental para la construcción del proyecto El Quimbo”, debido a que “no es conveniente que se inunden unas de las mejores tierras con aptitud agrícola de la región, cuando se considera que el Huila es pobre en tierras productivas y porque es difícil restituir la actividad productiva por la dificultad de encontrar tierras semejantes”.

La Resolución 321 de septiembre 1 de 2008, ha causado daños a las actividades productivas de las comunidades y personas por la imposibilidad de acceder a las fuentes crediticias, la negación de subsidios estatales e inversiones en infraestructura y redes prestadoras de servicios sociales y, especialmente, por la incertidumbre generada con relación al futuro de los proyectos de vida, por parte de Emgesa. Además, otorgó la Licencia Ambiental, mediante Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009 “arrollando las objeciones de campesinos, pequeños propietarios, ONG, profesionales del medio ambiente, y Procuraduría”, como lo testifica entre muchos otros, el ex ministro de Minas Jorge Eduardo Cock Londoño en su artículo publicado el 10 de junio de 2009 “Medio ambiente: ni leyes ni razones y mucho atropello”.

Es inconcebible que no se hayan realizado estudios técnicos y científicos rigurosos por parte de instituciones como el Instituto de Ciencias de la Universidad Nacional, el Ideam, entre otras, con anterioridad a la expedición de la Resolución 0899 del 15 de mayo de 2009, como el de “valoración económica de los impactos Ambientales”ordenado con posterioridad al otorgamiento de la Licencia Ambiental “en el plazo de un año contado a partir de la ejecutoria del mencionado acto administrativo que debería haberse adelantado “de manera integral, teniendo en cuenta el conjunto de recursos afectados y sus implicaciones para la sociedad en su conjunto, tanto local como regional”.(artículos 15 y 16 de la Resolución 0899)

Ante la inexistencia de los estudios previos de “valoración económica de los impactos ambientales”, la Defensoría del Pueblo realizó trabajo de campo donde recolectó y analizó la información suministrada por las comunidades afectadas y, como consecuencia de su diagnóstico, solicitó mediante Oficio dirigido al MAVDT -radicado 4120-E1-43213 del 7 de abril de 2011- la suspensión de la licencia ambiental por los hechos expuestos a continuación:

  1. se iniciaron las obras sin haberse dado el proceso de reubicación o reasentamiento de la comunidad Domingo Arias 
  2. presión a las comunidades para que vendan en lugar de que opten por la reubicación o el reasentamiento como primera opción (casos referidos en Ríoloro y otras zonas de la región) 
  3. restricción del derecho a la información a los grupos en situación de vulnerabilidad, lo que implica que desconozcan las medidas de compensación que deben beneficiarlos 
  4. con la adquisición de predios por parte de Emgesa, se pierden los empleos relacionados con los proyectos productivos de esos predios y la empresa no ha implementado las medidas de compensación para las personas que se afectan por ello”.
Destrucción de las cadenas productivas y desplazamiento. De igual manera, el MAVDT con base en la información obtenida en las visitas de seguimiento y control ambiental efectuadas al proyecto hidroeléctrico El Quimbo en noviembre de 2009 y del 5 al 12 de noviembre de 2010, así como la recolectada en la visita de socialización de las obligaciones de la Licencia Ambiental, efectuada del 16 al 21 de marzo de 2011, identificó y analizó la gran mayoría de los impactos sociales y emitió el Concepto Técnico No. 879 del 13 de Junio de 2011 que fundamentó la Resolución 1096 del 14 de Junio de 2011 mediante la cual se impuso a Emgesa, medida preventiva al reconocer que “la compra de predios está ocasionando una cadena de impactos no previstos que demuestran la urgencia de tener una herramienta para la identificación y valoración de la vulnerabilidad de los distintos grupos poblacionales, para evitar el detrimento del bienestar de las personas desplazadas por este efecto.”, muchas de las cuales no han sido censadas y públicamente son desconocidas por la Empresa Emgesa a través de su Gerente General al afirmar que “no cederá a nuevas compensaciones que puedan surgir durante las jornadas (25 a 30 de Enero - mesas de control y seguimiento) y por el contrario, se ceñirá exclusivamente a lo que indica la licencia ambiental”.[1] Los impactos socioeconómicos, ambientales y culturales constituyen vulneraciones de derechos fundamentales y un alto riesgo de exclusión causada por el proyectoque Emgesa desconoce y que el MADS ha pretendido minimizar.

El MADS aún no ha dado respuesta a la solicitud de Asoquimbo y a la Fundación El Curíbano, -Tercer Interviniente- de Informar de manera detallada y rigurosa de cada uno de los estudios y demás obligaciones establecidas en la Licencia Ambiental indicando los plazos establecidos y las razones de las medidas impuestas o previstas en el caso de los incumplimientos.

No se ha realizado un estudio sobre los costos económicos, sociales, ambientales y culturales de los “impactos no previstos” y las medidas a adoptar para la indemnización de las comunidades y la Región por los daños causados. Además, no se ha informado de manera rigurosa sobre ¿cuáles son los beneficios para la región y las comunidades del Proyecto después de haber reconocido la existencia de los “impactos imprevistos” y de imponer las medidas preventivas contra Emgesa?